La Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales se ha preocupado mucho por distinguir qué animales podemos considerar domésticos y cuales estarán prohibidos, además de establecer los pilares que la motivan que son acabar con el sacrificio animal, los malos tratos y el abandono.
Con la nueva redacción podemos considerar animales domésticos a perros, gatos y hurones, dejando fuera las especies invasoras exóticas y los animales silvestres que supongan un riesgo para la salud o seguridad.
¿Cuándo se considera a un animal como de compañía? cuando se puedan atender en casa sus necesidades ecológicas, fisiológicas y etológicas. Que no supongan un riesgo por ser transmisores de enfermedades, venenoso o agresivo y que no exista riesgo de que se pueda escapar, reproducirse y colonizar un determinado ecosistema.
Esta nueva Ley trae la creación de un Registro Central para la protección animal, desarrollar programas de protección de animales fomentando la adopción y castigando la cría no autorizada, creando centros públicos de protección animal...
En concreto los art. 24 y 26 recogen las obligaciones por la tenencia de animales de compañía:
- Tratarlos como seres sintientes, manteniendo sus condiciones de vida digna.
- Educar y manejarlos sin métodos que impliquen sufrimiento.
- No dejarlos solos dentro de vehículos cerrados
- Prestar al animal los cuidados necesarios que garanticen su salud y revisiones veterinarias periódicas.
- Tener localizado e identificado al animal.
- Comunicar a la autoridad competente la perdida o sustracción.
- Mantenerlos integrados en el núcleo familiar.
- Evitar que ocasionen amenazas, peligro, molestias o daños a otras personas, animales o cosas.
- Evitar reproducción incontrolada.
- Evitar ensuciar las calles con orines o excrementos, debiendo proceder a retirada y limpieza.
- Superación de formación en tenencia responsable reglamentaria para cada especie.
- Facilitar controles y tratamientos veterinarios.
- Identificación mediante microchip y esterilización quirúrgica de los gatos.
- Comunicar a la administración competente la retirada de cadáver de un animal de compañía.
Estas son algunas de las novedades que introducirá la ley en nuestra convivencia con las mascotas. Para más información no dudéis en contactar con nosotros.
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