La Ley de Responsabilidad Penal del Menor establece el límite de edad en el cual los menores pueden ser perseguidos por sus actos delictivos, esta horquilla va desde los catorce a los dieciocho años.
Eso quiere decir que todos aquellos menores que cometan un delito de los recogidos en código penal de adultos podrán tener como consecuencia una medida impuesta por un juez de menores, y hasta aquí la responsabilidad penal que se ciñe al menor. Pero debemos recordar que los progenitores de los menores condenados son responsables civilmente de lo que ellos hagan, eso quiere decir que la indemnización será sufragada por los progenitores que responden de manera solidaria con su hijo o hija.
Por desgracia, en nuestra sociedad los menores cada vez empiezan a delinquir antes, llegando a cometer delitos niños y niñas con menos de catorce años, esto implica que penalmente no se podrá actuar, pero en todo caso se podrá pedir responsabilidad civil a los tutores o progenitores de los menores.
Si vuestro hijo ha sido víctima de un delito o ha cometido uno, podéis poneros en contacto con nosotros para que os ayudemos.

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